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Con la promulgación de la ley 20.935 se reajusta ingreso mínimo mensual

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Con la promulgación de la ley 20.935 del ministerio del Trabajo, publicada en el Diario Oficial este 30 de junio, se reajusta el monto del ingreso mínimo mensual.

El texto establece en su artículo 1° los valores del ingreso mínimo mensual a contar del 01 de julio de 2016, quedando fijado en $257.500 para los trabajadores mayores de 18 años y hasta de 65 años de edad.

Además señala que a contar del 01 de enero de 2017, el Ingreso Mínimo tendrá un valor de $264.000. Y a partir del 01 de julio de 2017 su valor será de $270.000, llegando al 01 de enero de 2018 a un valor de $276.000.

En el ingreso mínimo no se consideran los pagos por horas extraordinarias, la asignación familiar legal, de movilización, de colación, de desgaste de herramientas, la asignación de pérdida de caja ni los beneficios en dinero que no se paguen mes a mes. Tampoco se imputarán al ingreso mínimo las cantidades que perciba el trabajador por concepto de gratificación legal, cualquiera que fuere su forma de pago.

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